JORGE MIGUEL TORRES DIAZ

JORGE MIGUEL TORRES DIAZ
MI FAMILIA

jueves, 13 de septiembre de 2012

GRACIAS DIOS

BUENOS DIAS A TODOS, PUES INDICARLES QUE AHORA ESTOY JUNTO A MI FAMILIA Y TRABAJANDO PARA QUE NUESTRO DIOS, BENDIGA MIS MANOS Y ASI SIEMPRE PUEDA TENER LO QUE VERDADERAMENTE NECESITAMOS. SABEN ÉL, ESTA BENDICIENDO GRANDEMENTE MI VIDA Y LA VIDA DE MI FAMILIA.

GRACIAS A TODOS EN EL NOMBRE DE MI SEÑOR JESÚS.

martes, 9 de noviembre de 2010

UN DÍA MAS EN ESTA PRISIÓN DE CAMBIOS

BUENOS DÍAS HERMANOS Y HERMANAS, AQUÍ LES ESCRIBO COMENTÁNDOLES QUE CADA DÍA QUE PASO EN ESTA PRISIÓN, OBTENGO MAS PACIENCIA, JUSTICIA, AMOR, PAZ Y FE. PUES ESTE TIEMPO ES DETERMINADO POR DIOS EN LA VIDA; DE AQUELLOS QUE ÉL VA A UTILIZAR Y ME SIENTO MUY BENDECIDO DE ESTAR EN LOS PLANES GRANDES DE DIOS. HERMANOS LA INJUSTICIA HUMANA QUE ESTA PASANDO EN MI VIDA Y LA VIDA DE MUCHOS DE MIS COMPAÑEROS EN ESTA PRISIÓN, ESTÁN CONTROLADOS POR DIOS Y ESO ME BASTA PARA ESTAR TRANQUILO. PORQUE SE QUE LA INJUSTICIA NO PREVALECERÁ SOBRE LOS HIJOS DE DIOS. HAGO UN LLAMADO A TODOS LOS QUE ESTÁN SUFRIENDO HUMANAMENTE INJUSTICIA PARA QUE SE GOCEN Y OREN A QUIEN VERDADERAMENTE NOS LIBRA FÍSICAMENTE Y ESPIRITUALMENTE Y NOS DA VIDA ETERNA Y FELIZ. SU NOMBRE ES JESÚS. HERMANOS TODAS LAS COSAS PARA LOS HIJOS DE DIOS SON PARA BIEN. BENDICIONES PARA TODOS. AMEN.

miércoles, 11 de agosto de 2010

martes, 3 de agosto de 2010

FELIZ CUMPLEAÑOS AMOR

BUENOS DIAS HERMANOS Y HERMANAS HOY CUMPLE AÑOS MI ESPOSA ROSA ELIZABETH Y LE ENVIO MUCHOS BESOS Y ABRASOS Y LE PIDO AMI SALVADOR Y SEÑOR JESUCRISTO QUE SIEMPRA LA DIRIJA Y CUIDE DE ELLA.

jueves, 22 de julio de 2010

LIBERTAD PARA UNA NUEVA VIDA

BUENOS DIAS HERMANOS Y HERMANAS NUESTRO SALVADOR Y SEÑOR ME HA LIBERADO POR FE SE LOS DIGO DE ESTE PENAL, PARA QUE VAYA YO A LA SOCIEDAD Y REALICE MI PROPOSITO, PROCLAMENDO EL EVANGELIO DE SALVACION ETERNA.

jueves, 10 de junio de 2010

MANIFIESTO PÚBLICO

MANIFIESTO PÚBLICO

30 MESES DE INJUSTICIA: JUSTICIA QUE TARDA… NO ES JUSTICIA

Los esposos: Jorge Miguel Torres Díaz y Rosa Elizabeth Utia Díaz, preocupados y destruidos moralmente y económicamente por el desarrollo de nuestro juzgamiento, suscribimos lo siguiente:

Ante la excesiva dilación de nuestro proceso, solicitamos a las instancias del Poder Judicial, presten la máxima celeridad para resolver de forma justa y eficaz, la injusta carcelaria que todavía mantiene la persona de: Jorge Miguel Torres Díaz, (esposo, padre de familia y único soporte económico) por las irregularidades del Poder Judicial.

Por razones de principios, de valores éticos, de respeto a la legalidad, como condiciones para una justicia conjunta  y eficaz demandamos a quienes han destruido a nuestra familia, formada de acuerdo a ley.

Por la Libertad de Jorge Miguel Torres Díaz, basado en principios y valores éticos y legales ponemos en detalle lo siguiente:

1.- Que hemos presentado todo lo concerniente a nosotros para demostrar a la justicia nuestra participación verdadera en este proceso.
2.- Hemos sido acusados por asociarnos como la ley nos manda hacerlo e invertir para el futuro de nuestros hijos y personas.
3.- Estando procesados con personas que nunca hemos conocimos, como los señores VLADIMIRO MONTESINOS TORRES y FERNANDO MELCIADES ZEVALLOS GONZALES. Y OTROS.
4.- Cambiándose en cuatro oportunidades a los jueces de turno, para así no tener conocimiento verdadero de los hechos de nuestras personas.
5.- Por las acusaciones sin sustento de la Policía, que hasta la fecha no lo pueden sustentar. Basándose en los dichos de dos testigos: uno de ellos ahora prófugo de la justicia, buscado por ellos mismos y el otro un reo en cárcel.
6.- Por la irregularidad de nuestro proceso.

Punchana, 10 de Mayo del 2010.
Penal Miguel Castro Castro, 10 de Mayo del 2010.

Jorge Miguel Torres Díaz                                            Rosa Elizabeth Utia Díaz
Esposo                                                                       Esposa
DNI Nº 05363058                                                     DNI Nº 05360590
Reo en Cárcel                                                             Libre con Comparecencia
Penal Miguel Castro Castro                                        Ciudad de Punchana
Pabellón 3-B                                                              Calle Nauta Nº 210-B.

BASTA DE INJUSTICIA


JORGE MIGUEL TORRES  DIAZ
(Expediente: 107-2009)


¡BASTA DE INJUSTICIA!

Al Señor Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez
Al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Javier Villa Stein
Al Señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Dr. César Vega Vega
Al Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Especial, Dr. Jorge Octavio Barreto Herrera

Yo, Jorge Miguel Torres Díaz y esposa Sra. Rosa Elizabeth Utia Díaz, no dudamos ni vacilamos en respaldar, la vida justa y moral que hemos venido teniendo desde que formamos una familia en el año 1995, al suscribir el presente Manifiesto Público, dejando plasmada una posición de principios que enaltece a la familia Peruana (formada de acuerdo a ley) y nos compromete a continuar en la línea de la legalidad y de justicia aun ahora mas por contar con tres menores hijos (12 años, 10 años y 1 año y medio).

Las injustas decisiones del procurador y de los diferentes jueces en el proceso que se me sigue y otros:

Sexto Juzgado Penal Especial.
Dr. Carlos Daniel MORALES CORDOVA, del inicio al 16-12-2008
1.- Auto Apertorio de Instrucción de fecha: 21-12-2007.
2.-Resolución de Variación de fecha: 11-08-2008.

Dr. Cesar Augusto VASQUEZ ARANA, del 17-12-2008 al 22-02-2009
1.- Resolución de Variación de fecha: 29-01-2009.

Dr. Víctor Joe Manuel ENRIQUEZ SUMERINDE, del 23-02-2009 al 14-05-2009
1.- Resolución de Libertad Provisional de fecha: 19-03-2009.

Tercer Juzgado Penal Especial.
Dr. Jorge Octavio BARRETO HERRERA, del 15-05-2009 hasta la fecha.
1- Resolución de Variación de fecha: 31-07-2009.


Quinta Sala Penal Especial de Lima.
Dr. Aldo Martín Figueroa Navarro.
Dr. Juan Carlos Aranda Giraldo.
Dr. Rafael Menacho Vega.
Nota: Que recién se conformo y tomaron la causa después de un año y 8 meses. Durante este tiempo no contábamos con sala.
1.- Resolución de Apelación de la Variación, de fecha: 02-01-2010. No. 602.

Procurador:
Alexei Dante SAENZ TORRES, considerándonos siempre culpables.

Peritos:
Hasta la fecha no han aceptado ninguno de los designados. Para la realización del peritaje contable de los documentos con los que nos acusan.

Policías inhábiles que realizaron los informes para nuestra acusación.

Por todas estas personas que se permiten no hacer justicia con mi persona, así como las opiniones de los procuradores, son injustificables para nosotros que siempre nos hemos encontrado y comprometido con la justicia de nuestro País; por ello, no aceptamos estos actos y resoluciones  que favorecen no sabemos a quien, en contra de nuestra familia, como medio para mantenernos separados y sin sustento, ilegalmente por este proceso, no pudiendo desarrollarnos como familia y por consiguiente llevando a la destrucción total de nuestras personas y de nuestros 3 menores hijos. Ya que hemos sido pacientes y comprensibles pero la justicia no llega, por lo que levantamos nuestras voces ante tanta injusticia.

Punchana, 10 de Mayo del 2010.
Penal Miguel Castro Castro, 10 de Mayo del 2010.

Jorge Miguel Torres Díaz                                            Rosa Elizabeth Utia Díaz
Esposo                                                                       Esposa
DNI Nº 05363058                                                     DNI Nº 05360590
Reo en Cárcel                                                             Libre con Comparecencia
Penal Miguel Castro Castro                                        Ciudad de Punchana
Pabellón 3-B                                                              Calle Nauta Nº 210-B.
� a �Cf � h enuncia que revelan su vinculación estrecha de los encausados con los delitos materia de imputación en la forma señalada en cada caso; Pena Probable, esta requisito se expresa en los hechos de que la penalidad a imponerse por estos delitos supera largamente el año de pena privativa da libertad, dada la gravedad del ilícito materia de análisis y la conmoción social que este delito origina forma convicción que la penalidad a imponer va a ser superior a la prevista por ley; finalmente respecto del Peligro procesal, en este punto resulta necesario señalar que aún cuando los procesados tengan domicilio conocido y presentan centros de trabajo, no es menos cierto que dado el cargo que desempeñaban en las empresas de “fachada” y su participación en la creación y administración de las mismas, a criterio del suscrito se hace notoria la existencia de peligro de que puedan perturbar la actividad probatoria, dado que las declaraciones de muchos de sus co - procesados e inclusive de los ciertos testigos, así como la obtención de medios de prueba necesarios para el esclarecimiento de los hechos materia del proceso puede ser perturbada mediante el accionar de los procesados, elementos estos que justifican la imposición de la medida asegurativa personal más grave, es decir, la medida de detención.